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Fondo solidario de materiales

El programa estará en funcionamiento a partir del 1º de marzo y las inscripciones para acceder a los materiales se realizarán en los CCZ correspondientes de los ocho municipios.

El Fondo Solidario de Materiales busca facilitar materiales para proyectos de refacción, reparación, mantenimiento o ampliación de viviendas con carencias.

La modificación del decreto 28.183 -de fecha 6 de agosto de 1998- y aprobación del decreto 36.557 explicitala financiación prevista en la modificación presupuestal para el ejercicio 2018, donde se transfiere a los municipios los recursos correspondientes que serán administrados por estos a partir del corriente año.

¿QUIÉNES PODRÁN ACCEDER AL PROGRAMA?

Serán beneficiarias/os personas o grupos familiares que:

  • Posean única vivienda con problemas edilicios graves.
  • Que carezcan de servicios higiénicos básicos.
  • Con problemas de hacinamiento o que habiten en asentamientos regularizados o en vías de regularización y estén registrados en el censo realizado para su regularización.
  • Complejos habitacionales con importantes carencias en el nivel de habitabilidad.

El decreto aprobado establece franjas de subsidio a percibir en forma gradual de acuerdo a los ingresos:

  • De cero a 8000 UI se subsidiará 75%.
  • De 8001 a 12.000 se subsidiará 50% y de 12.001 a 17.000 un 25%.

Cada municipio, con el asesoramiento de los equipos técnicos actuantes, fijará el subsidio correspondiente y podrá estipular la financiación hasta en 10 cuotas.

Se realizará un Registro Único de Beneficiarios y se emitirá un reporte anual de los recursos financieros destinados a este programa y el grado de cumplimiento, remitiendo copia a la Junta Departamental de Montevideo.

DISTRIBUCIÓN DEL FONDO POR MUNICIPIOS

En la Junta de Alcaldes se aprobó la distribución del Fondo Solidario de Materiales -decreto No 36.557- en porcentajes por municipio de la siguiente forma:

  • Municipio A: 18,75%
  • Municipio B: 3,125%
  • Municipio C: 6,25%
  • Municipio CH: 3,125%
  • Municipio D: 18,75 %
  • Municipio E: 12.5 %
  • Municipio F: 18,75%
  • Municipio G: 18,75%

El director de nuestra Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, Jorge Buriani, informó que "el criterio de distribución busca beneficiar a los municipios ubicados en la periferia de Montevideo, en cuyos territorios habitan más personas con necesidades básicas insatisfechas". De esta manera, los municipios A, D, F y G recibirán más del 70% del Fondo.

FUNCIONAMIENTO

El programa estará en funcionamiento a partir del 1º de marzo de 2018 y las inscripciones para acceder se realizarán en los Centros Comunales Zonales (CCZ) correspondientes de los ocho municipios.

Fuente: Intendencia de Montevideo

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