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PRÉSTAMOS PARA MEJORAR VIVIENDAS

La IM junto a otros organismos estatales otorgarán préstamos a interesados en refaccionar su casa para mejorar la eficiencia energética.

¿Cuál es el destino de los préstamos?

Pueden aplicar viviendas de propiedad común o edificios de propiedad horizontal. A modo de ejemplo, y no restringido a ello, las medidas que se pueden implementar abarcan:

  • aislamiento térmico en paredes y techos e impermeabilización de azoteas;
  • recambio de vidrios de ventanas o claraboyas;
  • recambio de ventanas por ventanas doble vidrio o colocación de segunda ventana;
  • incorporación de cortinas, postigos;
  • sellado de infiltraciones;
  • incorporación de tecnologías de control de iluminación;
  • colectores solares para calentamiento de agua;
  • pinturas y revoques que incorporen mejoras en la eficiencia de la envolvente;
  • mejoramiento y reparación de las áreas comunes del edificio;
  • bancos de condensadores para compensación de energía reactiva.

¿Quiénes pueden acceder a los préstamos?

Propietarios, promitentes compradores con promesas inscriptas y poseedores de derechos sucesorios con ingresos familiares líquidos entre 30 y 100 Unidades Reajustables. Usufructuarios o arrendatarios podrán gestionar el préstamo. En todos los casos el convenio lo firmará el propietario. Las casas o edificios deberán tener como destino la vivienda.

MONTOS DE LOS PRÉSTAMOS Y SUBSIDIOS

  • Vivienda de propiedad común: se otorgan préstamos de un monto máximo de $145.000 reembolsables, en un máximo de 60 cuotas, sin intereses, reajustables cada cuatro meses por IPC.
  • Edificios de propiedad horizontal: se otorgan préstamos de un monto máximo de $848.000, no pudiendo superar $113.000 por unidad de vivienda del edificio, considerando el mínimo para la cuota de reembolso $1.500 para cada una de ellas.

Para la aprobación del préstamo los seleccionados deberán presentar un diagnóstico energético, costo que será subsidiado por el Ministerio de Industria, Energía y Minería. El diagnóstico de la propiedad será realizado por un arquitecto y un técnico de UTE y permitirá identificar las medidas de eficiencia energética a implementar y el potencial de ahorro de cada una de ellas.

Este diagnóstico será entregado al propietario y las medidas a implementar serán acordadas entre el equipo técnico y el propietario.

Adicionalmente la IM podrá conceder un subsidio (donación) exclusivamente para obras de fachadas. El otorgamiento de este subsidio queda a criterio del Equipo Técnico responsable de la Oficina de Rehabilitación, a partir de la evaluación energética, arquitectónica y social de cada caso.

LOS SELECCIONADOS

Luego de la visita técnica realizada por el arquitecto y el técnico de UTE designados por el Programa, los seleccionados deberán presentar dos presupuestos detallados de las obras a realizar según lo acordado con los técnicos.

Además se deberá presentar certificado notarial que acredite la propiedad del inmueble. En el caso de propiedad horizontal, se deberá presentar un testimonio notarial de acta de asamblea en la que debe constar: que la asamblea de copropietarios resolvió la solicitud del préstamo con las mayorías requeridas por la Ley (2/3 de los copropietarios que representen por lo menos ¾ del valor del edificio) y otros puntos especificados en un instructivo que se entregará oportunamente.

DEVOLUCIÓN DEL PRÉSTAMO

Se firmará un convenio entre la IM y el propietario de la vivienda, en el que se estipulan los derechos y obligaciones de cada parte. El monto a devolver será en moneda nacional, en cuotas mensuales y consecutivas a acordar en cada caso de acuerdo a la situación socioeconómica del destinatario. El atraso genera un interés por mora del 1% mensual capitalizable en el caso de propiedades comunes; en el caso de edificios de propiedad horizontal la mora será de 2% mensual. En caso de propiedad horizontal se recuerda que llegará una única factura a la copropiedad con un monto de cuota a pagar.

FONDO ROTATORIO

La devolución de los préstamos conforma un fondo rotatorio que se destina a continuar financiando préstamos a otros vecinos de Montevideo.

INSCRIPCIONES

Fecha:
Del 15 al 30 de junio de 2017.

Días y horarios:
De lunes a viernes de 11:00 a 15:00.

Lugar de inscripción:
Servicio de Tierras y Viviendas, Sector Rehabilitación de Áreas Centrales, Edificio Sede de la Intendencia de Montevideo, piso 10, Av. 18 de Julio 1360.

Aclaración:
En caso de que queden fondos disponibles luego de cerrada la inscripción, la solicitud se podrá realizar en régimen de ventanilla abierta.

REQUISITOS

Los interesados deberán presentar la siguiente documentación:

Propiedad común:

  • Fotocopia de cédula de identidad de todas las personas que aporten ingresos al hogar.
  • Comprobante de ingresos (sueldos, pensiones, jubilaciones, otros).
  • Fotocopia de facturas de OSE, UTE, Antel, gastos cumnes.
  • Fotocopia de facturas de impuestos domiciliarios, contribución inmobiliaria y tasa de saneamiento. Todos los tributos deben estar al día.
  • Aquellas personas que aspiren al préstamo y sean mayores de 70 años, deberán contar con una firma solidaria (persona menor de 70 años) y presentar fotocopia de cédula, domicilio y comprobante de ingresos de ella.

Propiedad horizontal:

  • Fotocopia de cédula de identidad del representante de la propiedad horizontal ante este trámite.
  • Fotocopia de factura de impuestos domiciliarios, contribución inmobiliaria, tasa de saneamiento y gastos comunes de por lo menos el 75% de las unidades. Todos los tributos deben estar al día.